Los bancos de la UE duplican su presencia en MiCA hasta 80
Los bancos han duplicado su presencia en el registro MiCA de la Unión Europea, alcanzando unos 80 entidades en menos de tres meses, elevando su participación entre los proveedores de criptoactivos registrados a casi el 23%.
Resumen
Entre el 26 de junio y el 16 de septiembre, los bancos aumentaron su presencia en el registro MiCA de unos 40 a unos 80.
El número total de proveedores de criptoactivos registrados pasó de 243 a 349 en el mismo periodo.
Alemania aportó muchos de los nuevos registros bancarios, incluidos bancos cooperativos regionales y Deutsche Bank.
Los bancos pueden acceder al mercado MiCA mediante un proceso de notificación, no una solicitud estándar de CASP.
Según un análisis de los datos del registro de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), los bancos representaban casi uno de cada cuatro proveedores de servicios de criptoactivos registrados el 16 de septiembre, frente a uno de cada seis el 26 de junio.
El número de bancos registrados aumentó aproximadamente un 100 % durante ese periodo, mientras que el conjunto completo de proveedores de servicios de criptoactivos creció un 44 %. Así, los bancos ganaron cuota de mercado incluso mientras exchanges, custodios y otras empresas no bancarias seguían incorporándose al mercado regulado de la UE.
Los proveedores no bancarios siguen constituyendo la mayor parte del registro: su número subió de unos 203 a 269 entre ambas fechas, pero su participación cayó de cerca del 84 % al 77 %, pues los bancos entraron a mayor ritmo.
El registro provisional MiCA de la ESMA, actualizado por última vez el 16 de septiembre, incluye proveedores autorizados o notificados cuyos datos fueron enviados por las autoridades nacionales. La ESMA publica una versión nueva cada semana, por lo que los proveedores recientemente autorizados o notificados podrían no aparecer inmediatamente.
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Los bancos alemanes explican gran parte del crecimiento MiCA
Alemania aportó numerosos nuevos registros bancarios, incluidos bancos comerciales y entidades de las redes Volksbank, Raiffeisenbank y VR Bank.
Deutsche Bank es uno de los grandes bancos más recientes que prepara servicios regulados de activos digitales. El banco anunció el miércoles planes para ofrecer custodia de criptomonedas a clientes institucionales y corporativos en Europa; un portavoz indicó a Cointelegraph que espera la aprobación MiCA para dicho servicio en octubre.
La participación de bancos cooperativos regionales muestra que la expansión alemana no se limita a grupos financieros globales. Instituciones locales que ya atienden a clientes particulares y empresariales también están incorporando servicios regulados de criptomonedas mediante sus estructuras bancarias existentes.
En agosto, crypto.news informó de seis nuevas incorporaciones de la red bancaria cooperativa alemana: Raiffeisenbank Aidlingen, Ihre Volksbank, VR Bank Mittelfranken Mitte, Volksbank Euskirchen, VR Bank Ried Überwald y Volksbank Backnang.
En ese momento, Alemania contaba con 79 proveedores autorizados de servicios de activos criptográficos, frente a 35 en Francia y 29 en los Países Bajos. Las seis incorporaciones elevaron el total comunitario a 331, antes de que otras 18 empresas llevaran el número total del registro al 16 de septiembre a 349.
Las incorporaciones anteriores de Alemania incluyeron a Raiffeisenbank Falkenstein Wörth, Spar und Kreditbank Rheinstetten, VR Bank Augsburg Ostallgäu y JT Technologies. La filial bancaria belga de BNY también ingresó al registro con autorización para prestar servicios de custodia y transferencia de criptoactivos.
Los permisos de servicio varían entre las instituciones listadas. Figurar en el registro no implica que todos los proveedores puedan ofrecer los mismos productos, ya que el Reglamento MiCA regula por separado la custodia, las transferencias de criptomonedas, las plataformas de negociación, la ejecución de órdenes, la gestión de carteras y los intercambios entre criptoactivos y fondos.
MiCA establece una vía de entrada específica para los bancos
Los bancos no siguen el mismo proceso de autorización que las empresas creadas específicamente para ofrecer servicios criptográficos.
Según el artículo 60 de MiCA, una institución de crédito de la UE puede prestar servicios de activos criptográficos tras enviar la información requerida a su autoridad supervisora nacional al menos 40 días hábiles antes de iniciar la actividad. En cambio, una empresa nativa de cripto debe solicitar autorización como proveedor de servicios de activos criptográficos conforme al artículo 62.
La notificación debe describir los servicios que el banco pretende prestar e incluir información sobre gobernanza, controles internos, gestión de riesgos, medidas de seguridad y protección de los activos de los clientes. El supervisor evalúa si la solicitud es completa antes del inicio de los servicios.
La autorización bancaria previa no exime de los requisitos operativos vinculados a la custodia, negociación o transferencia de criptoactivos. Sin embargo, sí permite a la entidad de crédito ampliar su actividad regulada sin completar la solicitud integral de proveedor de servicios de activos criptográficos (CASP) exigida a las entidades no bancarias.
Los bancos también ingresan al sector con equipos de cumplimiento, procedimientos de verificación de clientes, recursos de capital y sistemas de informes ya operativos. Las empresas cripto deben desarrollar o adquirir muchos de esos mismos controles para obtener y mantener su autorización.
Un informe de julio sobre los costes de cumplimiento de MiCA señaló que las obligaciones continuas relativas a gobernanza, capital, conducta de mercado, reclamaciones, ciberseguridad y lucha contra el blanqueo de capitales podrían presionar más a los proveedores pequeños. El informe indicó que tales costes podrían llevar a algunas firmas a buscar asociaciones bancarias, adquisiciones o ventas.
Al comentar sobre normas comparables previstas en el Reino Unido, Steven Lightstone, socio de Morgan Lewis, afirmó que las empresas cripto serían «tratadas como cualquier otra institución financiera tradicional». Los bancos ya cuentan con muchos de los sistemas de gobernanza y prevención de delitos financieros exigidos bajo dichos marcos normativos.
MiCA ha reducido la brecha entre bancos y empresas cripto
El sistema de libre prestación de servicios de MiCA permite a un proveedor autorizado atender clientes en toda la UE tras obtener la aprobación en un Estado miembro, aunque las autoridades nacionales siguen siendo competentes para otorgar autorizaciones y recibir notificaciones bancarias.
La aplicación plena comenzó tras finalizar el período transitorio de la UE el 1 de julio. La AEVM instruyó a los proveedores sin autorización para que cesaran los servicios cubiertos, aplicaran sus planes de cierre y ayudaran a los clientes a transferir sus activos a una empresa autorizada o a una billetera autohospedada.
Más de 3.000 empresas cripto operaban mediante los anteriores sistemas nacionales de registro, mientras que solo 194 habían obtenido la aprobación de MiCA en mayo. El registro alcanzó 309 proveedores el 23 de julio, 331 en agosto y 349 el 16 de septiembre.
Los bancos representaron aproximadamente 40 de las 243 incorporaciones registradas a finales de junio. A mediados de septiembre, su número ascendió a unos 80, lo que significa que aportaron cerca de 40 de las 106 incorporaciones netas realizadas durante ese período.
Las empresas no bancarias añadieron aproximadamente 66 incorporaciones en ese mismo periodo, manteniéndose claramente por delante en número total, pero por detrás de los bancos en tasa de crecimiento. Su porcentaje decreciente no implica que proveedores hayan abandonado el registro en términos netos, sino que se debe al ritmo más acelerado de incorporación de bancos.
Los bancos estadounidenses siguen una estructura regulatoria distinta
Los bancos estadounidenses también pueden prestar algunos servicios relacionados con activos digitales, aunque Estados Unidos carece de un marco único de autorización y libre prestación equivalente al de MiCA.
En mayo de 2025, la Oficina del Contralor de la Moneda aclaró la facultad de custodia de los bancos nacionales y las asociaciones federales de ahorro. La Carta Interpretativa 1184 confirmó que las instituciones reguladas pueden ejecutar compras y ventas de criptomonedas custodiadas cuando así lo indiquen sus clientes.
La OCC también permite a los bancos subcontratar actividades cripto permitidas, como custodia y ejecución, a terceros, siempre que mantengan controles adecuados de riesgo de terceros. Las entidades deben seguir prestando dichos servicios de forma segura y cumplir todas las leyes aplicables.
A diferencia de MiCA, el enfoque estadounidense reparte la supervisión entre agencias federales y estatales según la entidad, el activo y el servicio implicados. MiCA somete los servicios cripto cubiertos en la UE a un marco normativo común, permitiendo que una entidad de crédito ya regulada acceda mediante el procedimiento de notificación de 40 días hábiles.
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